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Explicas la inserción de México en el nuevo orden
económico internacional y la globalización
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Desde la Constitución de 1917 y con las sucesivas adecuaciones del Artículo 27,
hasta 1992, el reparto de tierras fue mandato constitucional y política del Estado
mexicano.
De1911 a 1992 se entregaron a los campesinos algo más de 100 millones de
hectáreas de tierras, equivalentes a la mitad del territorio de México y a cerca de las
dos terceras partes de la propiedad rústica total del país.
La subordinación al gobierno tenía un poderoso apoyo en la legislación agraria.
Las parcelas que se entregaban para disfrute particular a los ejidatarios quedaban
sujetas a condiciones restrictivas: la tierra debía ser cultivada personalmente por el
titular, no podía mantenerse ociosa, venderse, alquilarse ni usarse como garantía;
era inalienable, pero podía ser heredada por un sucesor siempre que no hubiese
sido fragmentada.
La tutela del Estado sobre el ejido era de tal magnitud que la Asamblea Ejidal solo
podía reunirse luego de haber sido convocada por las dependencias agrarias del
gobierno, y debía ser validada por la presencia de funcionarios públicos. Cuando
ocurría una privación de derechos agrarios, correspondía a la autoridad agraria
federal asignar tales derechos a otro solicitante de tierras.
Como refiere “Arturo Warman (2003), la subordinación jurídica y económica del
sector al gobierno federal, o más precisamente al Presidente de la República,
siempre tuvo un signo político”. Desde 1936, el Poder Ejecutivo organizó a los
campesinos, primero en una central única, y después en una central mayoritaria: la
Confederación Nacional Campesina (CNC).
La CNC era también la entidad agraria del partido del gobierno. Se movilizaba para
respaldar las decisiones presidenciales; muchas de éstas eran fundamentales para
la definición de la política nacional, pero también apoyaba políticas facciosas e
incluso llegó a constituir una milicia armada para acotar otras corrientes políticas
deseosas de recurrir a la fuerza.
La incorporación del sector campesino a la esfera del Titular del Ejecutivo, implicaba
su sumisión a éste, pero a cambio, recibía concesiones como el acceso a la tierra y
a la participación política en los márgenes del partido de gobierno.
Las reformas al Artículo 27 de la CPEUM, de la Ley Agraria y la Ley Forestal de
1992, establecieron un nuevo contexto institucional, social y económico sobre los
regímenes ejidal y comunal de la tenencia de la tierra en México.
Los objetivos de estas reformas, consistieron en fortalecer los derechos de propiedad,
generar certidumbre en la tenencia y en la producción, formar un mercado de la
tierra y atraer inversiones.