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Portada del periódico
Excélsior
que anuncia
la Expropiación Petrolera.
La Expropiación Petrolera y el reparto agrario durante
el cardenismo
Antes de ser expropiada el 18 de marzo de 1938, la industria del
petróleo que operaba en México era propiedad de empresarios in-
gleses y estadounidenses; junto con la minería, proporcionaba al
gobierno importantes recursos. En varias ocasiones, el gobierno
mexicano tuvo conflictos con las compañÍas petroleras a causa de
la aplicación de leyes que limitaban sus privilegios económicos. En
mayo de 1937, los trabajadores de esa industria se declararon en
huelga en demanda de mejores salarios y condiciones laborales. Las
autoridades judiciales fallaron a favor de los trabajadores, pero las
compañÍas —Standard, Huasteca, El Águila± desconocieron sus
disposiciones.
El presidente Lázaro Cárdenas decidió entonces expropiar la
industria petrolera para sujetar a la autoridad del gobierno sus bienes
y administración, as² se fundó Pemex. Esta decisión fue respaldada
por amplios sectores de la sociedad y ofrecieron su apoyo para pagar
a las compaѲas la indemnización que establec²a la ley. Superados
los problemas iniciales de reorganización y administración de la
nueva empresa pública, Pemex se convirtió en la principal industria
mexicana porque la econom³a nacional se sostiene sobre todo de sus
ingresos.
Otra de las reformas implementadas por el presidente C´rdenas
fue el reparto de la tierra entre los campesinos del pa³s. Se creó el
Banco Nacional de CrÉdito Ejidal (1936) que estimuló el desarrollo a
travÉs de crÉditos para los ejidatarios y pequeµos
campesinos. El reparto agrario comprendió tam-
biÉn el empleo de maquinaria, as³ como de tÉcni-
cas de selección de semillas, rotación e introducción
de cultivos, uso de fertilizantes y la creación de
institutos, laboratorios y granjas experimentales.
De esta forma la agricultura tuvo un papel impor-
tante dentro de la producción del pa³s durante
el gobierno cardenista.
Expropiar.
Privar a una per-
sona o grupo de un bien o
propiedad por motivos de
interés público a cambio de
una indemnización.
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BLOQUE IV