110
SECUENCIA 4
Artículos
Ley Federal para Prevenir
y Eliminar la Discriminación
Capítulo II
Medidas para Prevenir la Discriminación
Artículo 9
Queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto impedir o anular el
reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.
A efecto de lo anterior, se consideran como conductas discriminatorias:
I.
Impedir el acceso a la educación pública o privada, así como a becas e incentivos para
la permanencia en los centros educativos, en los términos de las disposiciones aplicables;
[…]
III.
Prohibir la libre elección de empleo, o restringir las oportunidades de acceso, perma-
nencia y ascenso en el mismo; […]
XXIV.
Restringir la participación en actividades deportivas, recreativas o culturales.
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (última reforma publicada DOF 02-11-2007), en
mx/LeyesBiblio/pdf/137.pdf (recuperado el 25 de marzo de 2008) (fragmento)
TAREA:
Traigan una fotocopia del formulario de solicitud de ingreso a la educación
media superior para la siguiente sesión. Soliciten a sus compañeros que indagaron
sobre este trámite que les fotocopien este documento o consulten el Anexo 2.