Nuestros diputados y senadores:
Poder Legislativo
El Poder Legislativo se deposita en el Congreso Federal, el cual
se divide en dos cámaras, la de Diputados y la de Senadores.
Artículo 50.
La Cámara de Diputados se compone de representantes que se
eligen en su totalidad cada tres años. La integran 500 diputados.
Artículos 51 y 52.
La Cámara de Senadores se integra por 128 senadores y se
renueva en su totalidad cada seis años.
Artículo 56.
Para ser diputado se necesita ser mexicano por nacimiento y
tener por lo menos 21 años de edad.
Artículo 55.
Para ser senador se requiere ser mexicano por nacimiento y
tener por lo menos 25 años de edad.
Artículo 58.
En cada estado de la República existe una Cámara de Dipu
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tados a la que se le llama Congreso Local. En los municipios,
esta función la realizan los Ayuntamientos.
Artículos 115, f. I, y 116.
Nuestros jueces: Poder Judicial
El Poder Judicial Federal se deposita en la Suprema Corte de
Justicia, en el Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Uni
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tarios de Circuito, y en Juzgados de Distrito.
Artículo 94, f. I.
Para ser ministro de la Suprema Corte de Justicia se necesita,
entre otras cosas, ser mexicano por nacimiento, tener por lo
menos 35 años de edad y tener título de licenciado en dere-
cho cuando menos 10 años antes de la designación.
Artículo 95.
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