Practica esta lección: Ir al examen
Los ministros son nombrados por los senadores a partir de
una propuesta de tres personas que hace el presidente de la
República.
Artículo 96, párrafo primero.
La principal tarea de los ministros es resolver las controversias
constitucionales, los juicios de amparo y las acciones de in-
constitucionalidad.
Artículo 94.
El Tribunal Electoral atiende los conflictos que surgen de las
elecciones de los representantes populares.
Artículo 99.
En cada estado de la República el poder judicial se organizará
conforme su Constitución.
Artículo 116, f. III.
Existen otros organismos que también nombra y describe la
Constitución Política, y que no forman parte del Poder Ejecuti-
vo, del Legislativo ni del Judicial, pero son muy importantes;
por ejemplo, los organismos que protegen y promueven los
derechos humanos pueden ser estatales o federales.
Artículo 102, inciso B.
También se encuentran las autoridades que se encargan de
organizar las elecciones y promover la cultura de la democra-
cia, encabezadas por el Instituto Nacional Electoral (
INE
) y los
organismos públicos locales electorales cuyas funciones están
establecidas en la Constitución.
Artículos 41, 99 y 116.
El Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea
En México, el presidente de la República es el comandante
supremo de las Fuerzas Armadas. Esto quiere decir que, para
proteger nuestra nación y muchas veces para ayudar a las per-
sonas en casos de desastre, el presidente de la República tiene
el poder y la obligación de comandar a nuestras fuerzas arma-
das, y éstas tienen como principal tarea proteger a todos los
mexicanos y nuestro territorio.
Artículo 89, f. IV, V, VI y VII.
92
92