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Libro para el Maestro
SECUENCIA 13
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Existen normas para regular lo que la publicidad
puede o no hacer y decir. Una de ellas es la
Ley
Federal del Consumidor
que establece que:
ARTÍCULO 32.-
La información o publicidad
relativa a bienes, productos o servicios que se
difundan por cualquier medio o forma, deberán
ser veraces, comprobables y exentos de textos,
diálogos, sonidos, imágenes, marcas,
denominaciones de origen y otras descripciones
que induzcan o puedan inducir a error o confusión
por engañosas o abusivas.
Para los efectos de esta ley, se entiende por
información o
publicidad engañosa
o abusiva
aquella que refiere características o información
relacionadas con algún bien, producto o servicio
que pudiendo o no ser verdaderas, inducen a error
o confusión por la forma inexacta, falsa, exagerada,
parcial, artificiosa o tendenciosa en que se presenta.
El maquillaje y el
manejo de diseño de un
personaje transforman
notablemente la imagen
de toda persona. Éste es
uno de los ‘trucos’ que
emplea la publicidad.
Sí debe servir para…
No debe servir para…
La publicidad
Después obtengan conclusiones grupales sobre los siguientes puntos:
Asigne a tres voluntarios la lectura de los 
textos que aparecen en la sesión 4 del libro 
de 
Español III, vol I
.
Los alumnos pueden hacer la lectura desde 
su lugar, sólo asegúrese de que hablen 
fuerte y sean escuchados por todo el grupo. 
Esta información es indispensable para 
enriquecer sus conclusiones.
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